Sistemas de acceso
Son alumnos de la Universitat Abat Oliba CEU todas aquellas personas que estén matriculadas en cualquiera de los estudios oficiales o propios que se imparten en sus Facultades, Escuelas, Centros e Institutos Universitarios.
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 20/2003, de 4 de julio, de reconocimiento de la Universitat Abat Oliba, la admisión a los estudios implantados está sometida al cumplimiento de los requisitos que establece la normativa vigente para acceder a la formación universitaria.
Sistema de acceso
La Universitat Abat Oliba CEU regula el sistema de acceso del alumnado a sus centros y vela por que, tanto en la regulación como en la aplicación de dicha regulación, se reconozcan el derecho de acceso y el de permanencia, en observancia de los principios de igualdad, mérito y capacidad, sin ningún tipo de discriminación por motivo de nacimiento, raza, sexo, religión, disminución física o sensorial, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
Régimen General
Con el fin de garantizar el derecho de acceso, la Universitat Abat Oliba CEU hace pública la información sobre la oferta de los cursos y el sistema propio de becas, ayudas y créditos para el estudio. Para ello, el Servicio de Admisiones organiza anualmente el proceso conducente al ingreso del nuevo alumnado a los centros y estudios de la Universidad.
Para acceder a los centros y estudios de la UAO se tiene que aprobar el proceso de selección establecido por el Servicio de Admisiones, que consiste en una prueba de aptitudes, una valoración de los méritos académicos y, si procede, una valoración del perfil del candidato en relación a los estudios solicitados, que será efectuada por el responsable de dichos estudios. Este régimen general se aplica tanto para el acceso ordinario a los primeros cursos, como para los de los segundos ciclos y los traslados de expediente desde otras universidades.
El Secretario General resuelve, por delegación del Rectorado, cualquier reclamación presentada sobre la resolución del proceso selectivo. La concesión de la Credencial de Admisión por parte del Servicio de Admisiones no supone el derecho de matrícula, ya que dicho derecho se adquiere tras la acreditación completa ante el Servicio de Gestión Académica de los títulos académicos exigidos para el ingreso a los estudios solicitados.
Régimen Especial
La Universitat Abat Oliba CEU admite de oficio y sin ningún tipo de prueba o técnica de selección, todas las solicitudes de admisión tramitadas dentro del plazo por alumnos de los centros de secundaria vinculados a la UAO, así como los traslados de expedientes de alumnos provenientes de las universidades del grupo CEU de Madrid y de Valencia.
Asimismo, los alumnos de la UAO que solicitan plaza en unos estudios diferentes de los suyos tampoco deberán superar ningún tipo de sistema de selección.
